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sábado, 17 de octubre de 2020

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Mediante la sentencia 021 del 15 de octubre de 2020, el Tribunal contencioso administrativo del chocó, falla a favor del demandante Euris Mosquera, candidato al concejo municipal de Condoto periodo 2020-2023 por el partido Conservador y anula la elección del concejal Jose Santos Mosquera.

EURIS MOSQUERA MOSQUERA, por conducto de apoderado, interpuso medio de control de nulidad electoral, en contra del Acta General de Escrutinio formulario E-24, E-26 CON, que declaró la elección del señor JOSÉ SANTOS MOSQUERA SÁNCHEZ, como Concejal del Municipio de Condoto para el periodo 2020-2023.

Entre los fundamentos de la demanda:

"El 27 de octubre(2019) se realizaron las elecciones regionales para esta Corporación, en la cual el señor EURIS MOSQUERA se le contabilizó un total de ciento ochenta y cuatro (184) votos lo que no le alcanzó para ser electo. Aquel error humano provino de los miembros de la Comisión Escrutadora Municipal de Condoto, los cuales omitieron en el formulario E-24 contabilizar 7 votos que obtuvo el señor EURIS MOSQUERA en la zona:00, puesto:00, mesa Nro.007, según el formulario E-14, en el cual no presenta observaciones.

Esa omisión generó que se le tuviesen en cuenta solamente ciento ochenta y cuatro 184 votos en el formulario E-26, cuando en la realidad debieron ser ciento noventa y un votos 191, lo cual causo que fuera superado en votación por otro integrante de esta lista que conformaba.
Lo separan solo 3 votos de alcanzar la curul como Concejal, y teniendo en cuenta que se cometió un error en los referidos formularios E-24 y E-26, al no contabilizarle 7 votos estos se hacen muy relevantes para que se cumpla con la voluntad del elector y poder garantizar el principio de transparencia.
La parte demandante solicitó la revisión del acta respectiva, ante la Comisión Escrutadora Departamental y ante el Concejo Nacional Electoral sin que a la fecha se haya solucionado el asunto de fondo.”
Jose Santos Mosquera
Euris Mosquera
Euris Mosquera

El fallo del Tribunal Contencioso Administrativo del chocó

PRIMERO: DECLARAR NO PROSPERAS las excepciones de falta de legitimación en la causa por pasiva, e imposibilidad de alteración de resultados electorales propuestas por la Registraduría Nacional del Estado Civil, según las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO: DECLARAR la nulidad parcial del Acta E-26 CON, acto administrativo expedido el 30 de octubre de 2019 por los miembros de la Comisión Escrutadora Municipal de Condoto, mediante el cual declaró electo como concejal de dicho municipio para el periodo 2020-2023, al señor JOSÉ SANTOS MOSQUERA SÁNCHEZ (CÓDIGO 001), del partido Conservador Colombiano, conforme lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.

TERCERO: DECLARAR la elección de EURIS MOSQUERA MOSQUERA, candidato 005 del partido Conservador Colombiano, como Concejal del municipio de Condoto, en el departamento del Chocó, periodo constitucional 2020-2023.
CUARTO: CANCELAR la credencial que la Comisión Escrutadora Municipal de Condoto, le entregó al señor JOSÉ SANTOS MOSQUERA SÁNCHEZ (CÓDIGO 001), del partido Conservador Colombiano.
QUINTO: ORDENAR a la REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL, que una vez en firme este fallo, expida y entregue a EURIS MOSQUERA MOSQUERA, candidato 005 del partido Conservador Colombiano, identificado con cédula de ciudadanía No.11.936.977, la credencial como Concejal del municipio de Condoto, periodo constitucional 2020-2023.
SEXTO: COMUNÍQUESE la presente providencia al Registrador Nacional del Estado Civil, al Presidente del Consejo Nacional Electoral y al Presidente del Concejo Municipal de Condoto.


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