La Procuraduría Regional del Chocó probó que Mosquera Sánchez expidió el Decreto 699 el 24 de octubre de 2014 con el que clasificó a la entidad territorial para la vigencia 2015 en quinta categoría, un grado superior al contemplado por la Ley 136 de 1994 (artículo 6º parágrafos 1 y 4) y el certificado por la Contraloría Delegada para Economía y Finanzas que especificaba hacerlo en la sexta.
Por lo anterior, el disciplinado incurrió en detrimento sobre el patrimonio público porque se pagaron los sueldos del alcalde y los concejales con base en una categoría mayor a la determinada por la norma.
El ente de control calificó la conducta de Mosquera Sánchez como grave, a título de culpa gravísima, por inobservancia a normas de obligatorio cumplimiento, y violación de los principios de moralidad, transparencia, legalidad, economía, neutralidad y eficiencia en el desempeño de su cargo.
Contra esta decisión en primera instancia el disciplinado y su apoderado podrán presentar recurso de apelación, que será resuelto por una delegada de la Procuraduría a nivel nacional.
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